Programa de Áreas Naturales Protegidas de Carácter Estatal, Sitios Ramsar y Áreas Prioritarias de Conservación
Objetivo general:
Determinar la pertinencia de la ejecución operativa y la implementación de los procesos para cumplir los objetivos del programa “Áreas Naturales Protegidas de carácter estatal, Sitios Ramsar y Áreas Prioritarias de Conservación” y atender el problema público de falta de oportunidades de las comunidades que viven en las áreas naturales protegidas, zonas de influencia, Sitios Ramsar y otras modalidades de conservación, para el aprovechamiento de los recursos naturales. Degradación ambiental de los recursos naturales de las áreas naturales protegidas.
Objetivos específicos:
1. Identificar en qué medida la planeación del programa contribuye a la optimización de sus procesos.
2. Determinar si el proceso de difusión del programa es adecuado para garantizar su apertura, transparencia y rendición de cuentas.
3. Determinar si el funcionamiento de los procesos es adecuado para la generación y distribución de los bienes y servicios.
4. Determinar si el seguimiento y monitoreo de los beneficios es adecuado para verificar el cumplimiento de los objetivos y la atención del problema.
1. Llevar a cabo un ejercicio de planeación estratégica sustentado en evaluaciones y diagnósticos de las problemáticas socioambiental de cada ANP, donde también se incluyan las buenas prácticas derivadas de las acciones que la DGCB ha implementado como parte de sus tareas.
2. Fortalecer o crear la estructura administrativa necesaria para operar adecuadamente las ANPs (primera prioridad por la obligatoriedad institucional) y Sitios RAMSAR (en el supuesto de que se atienda esta recomendación, los OTOs no tendrían razón de existir y tampoco las recomendaciones inherentes a ellos)
3. Elaborar un Manual de Procedimientos del Programa que identifique y sistematice claramente los procesos del programa.
4. Diseñar estrategias de difusión del Programa, donde se puedan aprovechar los medios locales de comunicación (radio, televisión, medios electrónicos e impresos).
5. Modificar las Reglas de Operación del Programa en el ejercicio 2018, para que los criterios de dictaminación sean congruentes con el diagnóstico ambiental de cada ANP y de esa manera se sustente la asignación de recursos.
6. Modificar y actualizar la MIR de tal manera que se integren, además de los datos existentes: metas, avances, resultados e indicadores de impacto socioambiental, además de información de la ministración financiera.